5 jun 2010

EN VILLA EL SALVADOR SE CONTROLARÁ LA COLOCACIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL

- Ordenanza Municipal establece parámetros y sanciones para las agrupaciones políticas que participarán en los próximos procesos electorales.

- Se busca que se respete el ornato, la limpieza de la ciudad, la seguridad y la tranquilidad de los vecinos.

- Las sanciones serán hasta con 02 U.I.T.

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La Municipalidad de Villa el Salvador aprobó en sesión de consejo la Ordenanza Municipal Nº 208 que regula la instalación de Propaganda Electoral en el distrito.

La ordenanza en su artículo 07 dispone que las organizaciones políticas deben respetar el ornato, el decoro, las buenas costumbres, no atentar contra la limpieza de la ciudad, ni atentar contra la seguridad peatonal y vehicular, además establece la igualdad de todos los participantes.

Asimismo el uso de los altoparlantes en los locales políticos deberán realizarse entre las 8 de la mañana y las 10 de la noche, los mismos que no deben sobrepasar los 80 decibéles de sonido para no perjudicar la tranquilidad de los vecinos.

La ordenanza también indica que se exonera del pago de derechos por instalación de propaganda electoral mientras en las zonas declaradas rígidas no se permitirá la colocación de la propaganda electoral.

Las agrupaciones políticas que incumplan la ordenanza municipal serán multadas hasta con 2 U.I.T.

El área Municipal de Fiscalización y Control Ciudadano será la encargada en velar que se de cumplimiento a la ordenanza.

De igual manera la Municipalidad de Villa El Salvador informará de la publicación de la ordenanza, así como de las acciones tomadas, al Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE, Defensoría del Pueblo y la Organización TRANSPARENCIA.

La Ordenanza Municipal Nº 208 esta constituida por 03 capítulos, 15 artículos, 06 dispociones finales y 01 disposicón transitoria.

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